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Política Ética y Profesional para Proveedores de Productos y Servicios de
COMBUSTIBLES MALDONADO OLVERA, S.A. DE C.V.

Los Proveedores presentes y futuros de la empresa COMBUSTIBLES MALDONADO OLVERA, S.A. DE C.V. en adelante CM3, sus filiales, asociadas y subsidiarias, en adelante referido como CM3, se obligan al respeto y seguimiento de las siguientes reglas básicas:


1. Respeto a la Legislación Vigente. - Los Proveedores de CM3 deberán cumplir con la legislación Nacional (Estados Unidos Mexicanos) e internacional que resulte aplicable a los servicios por ellos proporcionados, evitando cualquier conducta que pueda producir consecuencias adversas para la compañía y/o que perjudiquen los valores e imagen de esta.
 

2. Combate al Soborno de Funcionarios Públicos. - Los Proveedores declaran haber dado y haber puesto en práctica instrucciones a sus ejecutivos en miras a la prevención de la comisión o la tentativa de cualquier ofensa según la “Convención de la OCDE de 1997 en el Combate del Soborno de Funcionarios públicos Extranjeros en Transacciones de Negocios internacionales” (la “Convención de la OCDE”), la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción y cualquier ley de anticorrupción aplicable tanto local (Estados Unidos Mexicanos) como internacionalmente, especialmente la ley francesa de transparencia de la vida económica, Sapin II.


3. Respeto a los Derechos Humanos. - Los Proveedores de CM3 deben respetar los derechos humanos consagrados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como los internacionalmente reconocidos, por lo que deberán:


a) Respetar los derechos laborales nacional e internacionalmente reconocidos.
b) Evitar todas las formas de trabajo forzado.
c) Eliminar el uso de trabajo infantil.
d) Facilitar la libertad de asociación y la negociación colectiva de sus empleados.
e) Tratar a todos sus empleados con dignidad y respeto, absteniéndose de emplear cualquier conducta agraviante o que suponga algún tipo de discriminación por motivos de raza, ideas religiosas, políticas o sindicales, nacionalidad, lengua, sexo, estado civil, edad o discapacidad.
f) Asegurar que las condiciones y el entorno de trabajo sea el adecuado según el perfil de cada trabajador (edad, sexo, experiencia, etc.), evitando comprometer, de cualquier manera, la seguridad y saludo del personal a su cargo.


Las partes acuerdan que cualquier incumplimiento, incluso parcial, se debe considerar como una falta grave y en consecuencia dará derecho a rescindir o terminar toda relación comercial sin responsabilidad para CM3.


4. Código de Ética de CM3. - Los Proveedores se obligan a respetar el Código Ético de CM3 por lo que se obliga a leerlo y difundirlo entre su personal, a fin de que éste último lo aplique en todos y cada uno de los procesos en los que interactúe con las empresas filiales del grupo ya citado.


Las partes acuerdan que cualquier incumplimiento, incluso parcial, se debe considerar como una falta grave y en consecuencia dará derecho a rescindir o terminar toda relación comercial sin responsabilidad para CM3.


5. No conflicto de intereses. - Los proveedores deberán evitar que su personal, de cualquier nivel, se relacione de manera financiera, personal y/o emocional con los trabajadores de CM3, y/o en general evitarán que su personal realice cualquier tipo de conducta dentro o fuera de su compañía, que puedan generar desconfianzas sobre nuestra objetividad e independencia.
En caso de existir algún vínculo financiero, familiar, personal y/o emocional entre personal del proveedor y personal de CM3, el proveedor deberá comunicarlo inmediatamente a fin de establecer conjuntamente las medidas que resulten necesarias para salvaguardar la objetividad e independencia empresarial de ambas compañías, lo anterior en beneficio de las debidas prácticas comerciales y de la libre competencia.


6. Seguridad y Medio Ambiente. - Los Proveedores deberán realizar sus actividades de manera que se minimicen los impactos ambientales negativos, conforme a la legislación vigente, y con ello se alcance un alto nivel de seguridad en sus instalaciones, productos y servicios, prestando especial atención a la protección de sus empleados, contratistas, clientes y entorno local.


Así mismo el personal del proveedor que labore en las instalaciones de CM3 deberá conocer y cumplir la totalidad de las normas de Salud, Seguridad y Medio Ambiente que les sean de aplicación.


7. Confidencialidad. - Los Proveedores deberán respetar los principios de confidencialidad sobre aquella información a la que accedan como consecuencia de su relación con CM3 y/o aquella que se genere con motivo de la relación profesional, en caso contrario se obliga al pago de todos y cada uno de los daños y perjuicios ocasionados.


8. Protección de datos personales en posesión de particulares. - Los Proveedores de CM3 se comprometen y obligan a cumplir con lo establecido en la Ley Federal de Protección de Datos Personales en Posesión de los Particulares, su reglamento y demás disposiciones aplicables tanto nacional como internacional (en lo sucesivo “la Ley de Datos”), para efectos del manejo de la información y confidencialidad de los Datos Personales que se transmitan de las personas físicas que intervengan en las relaciones comerciales, así como a cubrir el procedimiento correspondiente para obtener, en su caso, su transmisión con sus respectivos titulares.


Los Proveedores para el tratamiento de los Datos Personales se obligan a tomar las medidas de seguridad tecnológicas, físicas y administrativas necesarias a fin de proteger y prevenir el uso o divulgación indebida de los mismos, así como a contar con los procedimientos necesarios de conformidad con los niveles que requiere la Ley de Datos y las demás disposiciones derivadas de ésta.

9. Conflictos de interés. - Los proveedores de CM3 deberán de señalar cualquier conflicto de interés, asimismo se deberán de abstener de obtener algún beneficio , prebenda o contrato mediante el otorgamiento de regalos , ofrecimiento de comisiones , préstamos créditos o recompensas a los empleados de la empresa.

Es obligación de los empleados de CM3 encargados de las compras de notificar de manera fehaciente a los proveedores de productos y servicios las presentes 8 reglas y obtener el acuse de recibo correspondiente . En caso de no hacerlo se considerará una falta grave. En todos los contratos de provisión de productos o servicios que celebre CM3 se incluirá la presente política como anexo del mismo.


Si algún proveedor de productos o servicios manifiesta de cualquier forma su negativa a recibirlas o acatarlas, se terminará de inmediato la relación comercial.


Los Proveedores de CM3 están obligados a cumplir las 8 reglas básicas establecidas en el presente documento, sin perjuicio del cumplimiento de todas aquellas obligaciones que emanen del contrato, convenio, orden de compra y en general de la relación comercial o contractual que sostengan con CM3.


9. Conflictos de interés. Los proveedores de CM3 deberán de señalar cualquier conflicto de interés, asimismo se deberán de abstener de obtener algún beneficio , prebenda o contrato mediante el otorgamiento de regalos , ofrecimiento de comisiones , préstamos créditos o recompensas a los empleados de la empresa.

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